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El plazo de presentación de solicitudes para el ‘bono digital’, la primera convocatoria de ayudas del programa Kit Digital, comenzó el pasado 15 de marzo.

El conocido como ‘bono digital’ del Ministerio de Asuntos Económicos y Trasformación Digital (las ayudas a la digitalización de las empresas) comienza su andadura.

El bono digital para fundaciones y asociaciones

De este ‘bono digital’ se podrán beneficiar asociaciones, fundaciones y sociedades limitadas, siempre que cumplan los requisitos exigidos y no se trate de fundaciones del sector público.

Además, deberán acreditar haber mantenido actividad económica con una antigüedad igual o superior a 6 meses en la fecha de solicitud de la ayuda, y en caso de constar de alta en más de un epígrafe del IAE, sólo podrá optar a las ayudas por uno de ellos.

Convocatoria de ayudas del Kit Digital

En un principio, las ayudas de esta primera fase (con una dotación de 500 millones de euros que se concederán de forma directa hasta agotar el presupuesto) están dirigidas a entidades de entre 10 y 49 empleados, aunque se prevén nuevas convocatorias para plantillas superiores e inferiores.

Bono digital

Consiste en una ayuda de entre 2.000 y 12.000 euros (en función del número de empleados) que serán destinados a adquirir e implantar soluciones o herramientas digitales, escogiendo una o varias de las ofrecidas por los ‘agentes digitalizadores’ que desarrollen los servicios del catálogo ofrecido por el Ministerio.

Por ejemplo: página web, gestión de redes sociales, inteligencia empresarial y analítica, oficina virtual, comunicaciones seguras y ciberseguridad…

El listado de los ‘agentes digitalizadores’ adheridos se encuentra disponible en la web www.acelerapyme.es, aquí: Digitalizadores adheridos.

Cómo solicitar las ayudas

Para hacer efectiva la solicitud, que se realizará a través del portal red.es, las entidades han de registrase previamente en el portal www.acelerapyme.es y realizar un breve test de autodiagnóstico sobre diagnóstico digital, autoevaluación de transformación digital y autoevaluación de ciberseguridad.

Implantación del bono digital

Una vez concedido, la entidad debe seleccionar un ‘agente digitalizador’ que llevará a cabo su implantación, y, además podrá colaborar con las entidades en la solicitud y actuaciones de control.

También realizarán la presentación de la documentación justificativa y los que reciban el pago del bono digital cedido por el beneficiario, una vez aceptada su justificación.

Para más información y/o asesoramiento personalizado, puedes ponerte en contacto con nosotros.