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GP7, la asesoría de Fundación Dfa, informa sobre algunas de las deducciones de las que pueden beneficiarse las personas con discapacidad. Por ejemplo, si bien la deducción por adquisición de vivienda habitual tiene el mismo tratamiento que el general, se puede aplicar una deducción por obras e instalaciones de adecuación por razones de discapacidad propia, del cónyuge o de otros familiares que convivan en la vivienda.

Además, los contribuyentes que realicen actividades por cuenta propia o ajena de alta en la Seguridad Social o mutualidad, o perciban prestaciones contributivas y asistenciales del sistema de protección del desempleo y los pensionistas, podrán minorar la cuota diferencial del impuesto en las siguientes deducciones por personas con discapacidad a cargo: por cada descendiente con discapacidad con derecho a la aplicación del mínimo por descendientes, hasta 1.200 euros anuales; por cada ascendiente con discapacidad con derecho a la aplicación del mínimo por ascendientes, hasta 1.200 €; y por cónyuge con discapacidad a cargo, hasta 1.200 €, siempre que no tenga rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 € ni genere el derecho a las deducciones anteriores por descendientes o ascendientes con discapacidad.

En Aragón se puede aplicar además una deducción de 200€ por cada hijo nacido o adoptado con discapacidad y una deducción de 150 € por el cuidado de personas dependientes (ascendiente mayor de 75 años y ascendiente o descendiente con un grado de discapacidad igual o superior al 65%) que convivan con el contribuyente al menos durante la mitad del periodo impositivo. Si además necesitas ayuda con tu declaración de la renta, GP7 te ofrece asesoría especializada con cita previa en el teléfono 976 701 707.