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Como cada año, vamos a repasar algunos aspectos importantes a tener en cuenta para la declaración de la renta 2020 y las donaciones, fechas en el calendario… Hablaremos de donativos y las exenciones previstas en la normativa.

Declaración de la Renta 2020 y las donaciones y donativos

La disposición final segunda del Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social de la COVID19 (BOE del 6), ha modificado, con efectos de 1 de enero de 2020, el artículo 19.1 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, para elevar en 5 puntos porcentuales los porcentajes de deducción previstos en dicho artículo para las donaciones. 

Por tanto, la escala aplicable durante el período impositivo 2020 es la siguiente: 

Base de deducción Importe hasta Porcentaje de deducción 
150 euros 80 
Resto base de deducción 35 
Tipo incrementado por reiteración de donaciones a una misma entidad 40 

El tipo incrementado por reiteración de las donaciones a una misma entidad se aplica si en los dos períodos impositivos inmediatos anteriores se hubieran realizado donativosdonaciones o aportaciones con derecho a deducción en favor de una misma entidad por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior, si la base de la deducción en favor de esa misma entidad excede los 150 euros

Donaciones por la COVID-19 

Los donativos para apoyo frente a la Covid-19 realizados a las entidades beneficiarias del mecenazgo, entre las que se encuentran, entre otros, el Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, tienen derecho a la deducción por donativos en los porcentajes indicados. Estas donaciones estarán, además, afectadas, acuerdo con el artículo 47 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo (BOE de 1 de abril), a la financiación exclusiva de los gastos derivados de la crisis sanitaria provocada por la Covid-19 y podrán destinarse a atender gastos tales como equipamientos e infraestructuras sanitarias, material, suministros, contratación de personal, investigaciones y cualquier otro que pueda contribuir a reforzar las capacidades de respuesta frente a dicha crisis sanitaria. 

Donativos, donaciones y aportaciones para actividades prioritarias de mecenazgo 

Cuando se trate de cantidades donadas o satisfechas a las entidades anteriormente relacionadas y que se destinen por las mismas a la realización y desarrollo de actividades y programas prioritarios de mecenazgo, los porcentajes anteriores se elevaran en cinco puntos porcentuales, es decir: 

Base de deducción Importe hasta Porcentaje de deducción 
150 euros 85 
Resto base de deducción 40 
Tipo incrementado por reiteración de donaciones a una misma entidad 45 

Como novedad en 2020, hay que tener en cuenta que el artículo 5 del Real Decreto-ley 18/2019, de 27 de diciembre, por el que se adoptan determinadas medidas en materia tributaria, catastral y de seguridad social (BOE del 28) ha establecido que los porcentajes y los límites de las deducciones establecidas en el artículo 19 de la citada Ley 49/2002, de 23 de diciembre, se elevarán en cinco puntos porcentuales en relación con las actividades prioritarias de mecenazgo

Por ello y, de acuerdo con esta previsión legal, las actividades prioritarias de mecenazgo en el ejercicio 2020 son las siguientes: 

  1. Las llevadas a cabo por el Instituto Cervantes para la promoción y difusión de la lengua española y de la cultura mediante redes telemáticas, nuevas tecnologías y otros medios. 
  2. Las llevadas a cabo por la Fundación Deporte Joven en colaboración con el Consejo Superior de Deportes en el marco del proyecto “España Compite: en la Empresa como en el Deporte” con la finalidad de contribuir al impulso y proyección de las PYMES (Pequeñas medianas empresas) españolas en el ámbito interno e internacional, la potenciación del deporte y la promoción del empresario como motor de crecimiento asociado a los valores del deporte. Los donativos, donaciones y aportaciones a las actividades señaladas en este en este apartado tendrán el límite de 50.000 euros anuales para cada aportante. 
  3. Las llevadas a cabo por la Biblioteca Nacional de España en cumplimiento de los fines y funciones de carácter cultural y de investigación científica establecidos por la Ley 1/2015, de 24 de marzo, reguladora de la Biblioteca Nacional de España y por el Real Decreto 640/2016, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Biblioteca Nacional de España. 
  4. Las actividades de fomentopromoción y difusión de las artes escénicas y musicales llevadas a cabo por las Administraciones Públicas o con el apoyo de éstas. 
  5. Las llevadas a cabo por el Museo Nacional del Prado para la consecución de sus fines establecidos en la Ley 46/2003, de 25 de noviembre, reguladora del Museo Nacional del Prado y en el Real Decreto 433/2004, de 12 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Museo Nacional del Prado. 
  6. La conservación, restauración o rehabilitación de los bienes del Patrimonio Histórico Español que se relacionan en el anexo XIII de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 (BOE del 4). 
  7. Los proyectos y actuaciones de las Administraciones públicas dedicadas a la promoción de la Sociedad de la Información y, en particular, aquellos que tengan por objeto la prestación de los servicios públicos por medio de los servicios informáticos y telemáticos a través de Internet. 
  8. Los programas de formación y promoción del voluntariado que hayan sido objeto de subvención por parte de las Administraciones públicas. 
  9. Los programas dirigidos a la erradicación de la violencia de género que hayan sido objeto de subvención por parte de las Administraciones Públicas o se realicen en colaboración con éstas. 
  10. La investigación, desarrollo e innovación en las infraestructuras que forman parte del Mapa Nacional de Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS) aprobado el 7 de octubre de 2014 por el Consejo de Política Científica, Tecnológica y de Innovación y que, a este efecto, se relacionan en el anexo XIV de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 (BOE del 4). 
  11. La investigación, el desarrollo y la innovación orientados a resolver los retos de la sociedad identificados en la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación para el período 2013-2020 y financiados o realizados por las entidades que, a estos efectos, se reconozcan por el Ministerio de Hacienda, a propuesta del Ministerio de Economía y Empresa. 
  12. El fomento de la difusión, divulgación y comunicación de la cultura científica y de la innovación llevadas a cabo por la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología
  13. Las llevadas a cabo por la Agencia Estatal de Investigación para el fomento y financiación de las actuaciones que derivan de las políticas de I+D de la Administración General del Estado. 
  14. Las llevadas a cabo por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo para la lucha contra la pobreza y la consecución de un desarrollo humano sostenible en los países en desarrollo. 
  15. Las llevadas a cabo por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo para la promoción y el desarrollo de las relaciones culturales y científicas con otros países, así como para la promoción de la cultura española en el exterior. 
  16. Las actividades de promoción educativa en el exterior recogidas en el Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio, por el que se regula la acción educativa en el exterior. 
  17. Las llevadas a cabo por la Fundación ONCE (Organización Nacional de Ciegos Españoles) en el marco del Programa de Becas “Oportunidad al Talento”, así como las actividades culturales desarrolladas por esta entidad en el marco de la Bienal de Arte Contemporáneo, el Espacio Cultural “Cambio de Sentido” y la Exposición itinerante “El Mundo Fluye”. 
  18. Las llevadas a cabo por la Fundación ONCE en el marco del “Treinta Aniversario de la Fundación ONCE del Perro Guía”. 
  19. Las actividades que se lleven a cabo en aplicación del “Pacto Iberoamericano de Juventud”. 
  20. Las llevadas a cabo por el Fondo de Becas Soledad Cazorla para huérfanos de la violencia de género (Fundación Mujeres). 
  21. Los programas y actividades relacionadas con la celebración de los siguientes acontecimientos de excepcional interés público, siempre que hayan sido aprobados por el respectivo Consorcio: 
  • VIII Centenario de la Universidad de Salamanca 
  • 20 Aniversario de la Reapertura del Gran Teatro del Liceo de Barcelona y el bicentenario de la creación de la Societat dAccionistes 
  • Programa de preparación de los deportistas españoles de los Juegos de Tokio 2020 
  • IV Edición de la Barcelona World Race 
  • V Centenario de la expedición de la primera vuelta al mundo de Fernando de Magallanes y Juan Sebastián Elcano 
  • Plan de Fomento de la Lectura (2017-2020) 
  • Plan Decenio Milliarium Montserrat 1025-2025 
  • 50 Edición del Festival Internacional de Jazz de Barcelona 
  • Campeonato Mundial Junior Balonmano Masculino 2019 
  • Campeonato Mundial Balonmano Femenino 2021 
  • Andalucía Valderrama Masters 
  • La Transición: 40 años de libertad de Expresión 
  • Barcelona Mobile World Capital 
  • Ceuta y la Legión, 100 años de unión 
  • Bádminton World Tour 
  • Nuevas Metas 
  • Barcelona Equestrian Challenge (3ª Edición) 
  • Universo Mujer II 
  • Logroño 2021, nuestro V Centenario 
  • Centenario Delibes 
  • Año Santo Jacobeo 2021 
  • VIII Centenario de la Catedral de Burgos 2021 
  • Deporte Inclusivo 
  • Plan 2020 de Apoyo al Deporte de Base II 
  • España, Capital del Talento Joven 
  • Conmemoración del Centenario de la Coronación de Nuestra Señora del Rocío (1919-2019) 
  • Traslado de la Imagen de Nuestra Señora del Rocío desde la Aldea al Pueblo de Almonte 
  • Camino Lebaniego 
  • Expo Dubái 2020 
  • Enfermedades Neurodegenerativas 2020. Año Internacional de la Investigación e Innovación 
  • XXV Aniversario de la Declaración por la UNESCO del Real Monasterio de Santa María de Guadalupe como Patrimonio de la Humanidad 
  • Vigésimo quinta sesión de la Conferencia de las Partes de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP25), décimo quinta sesión de la Conferencia de las Partes en Calidad de Reunión de las Partes del Protocolo de Kioto (COP-MOP15) y la segunda sesión de la Conferencia de las Partes como Reunión de las Partes del Acuerdo de París (CMA2) y quincuagésimo primera Reunión de los Órganos Subsidiarios de la Convención, tanto del Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico y Tecnológico (SBSTA) como del Órgano Subsidiario de Implementación (SBI) 
  • Automobile Barcelona 2019 
  • Plan Berlanga 
  • España País Invitado de Honor en la Feria del libro de Fráncfort en 2021 
  • Plan de Fomento de la ópera en la Calle del Teatro Real 
  • 175 Aniversario de la construcción del Gran Teatre del Liceu 
  • Gran Premio de España de Fórmula 1 

Rentas exentas según el artículo 7 de la Ley de IRPF 

Atención: para determinar el límite de la obligación de declarar establecido para las personas físicas residentes en territorio español, no se tendrá en cuenta el importe de las rentas relacionadas en este apartado. 

Están exentas del impuesto de acuerdo con el artículo 7 de la Ley del IRPF: 

  1. Prestaciones y pensiones actos de terrorismo 
  2. Ayudas de cualquier clase percibidas por los afectados por el VIH 
  3. Pensiones reconocidas en favor de aquellas personas que sufrieron lesiones o mutilaciones, con ocasión o como consecuencia de la Guerra Civil 1936/1939, 
  4. Indemnizaciones por daños personales que sean como consecuencia de responsabilidad civil y las derivadas de contratos de seguro de accidentes 
  5. Indemnizaciones por despido o cese del trabajador 
  6. Prestaciones por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez percibidas de las Seguridad social o por las entidades que la sustituyan 
  7. Pensiones por inutilidad o incapacidad permanente del régimen de clases pasivas 
  8. Retribuciones por maternidad o paternidad y asimiladas y las familiares no contributivas 
  9. Prestaciones públicas por acogimiento de personas con discapacidad, mayores de 65 años o menores 
  10. Becas 
  11. Anualidades por alimentos a favor de los hijos 
  12. Premios literarios, artísticos o científicos relevantes declarados exentos por la Administración tributaria y premios Princesa de Asturias 
  13. Ayudas a deportistas de alto nivel, con el límite de 60.100 euros 
  14. Prestaciones por desempleo percibidas en la modalidad de pago único 
  15. Planes de Ahorro a Largo Plazo 
  16. Gratificaciones por participación en misiones internacionales de paz o humanitarias a los miembros de dichas misiones e indemnizaciones por operaciones internacionales de paz y seguridad 
  17. Rendimientos del trabajo percibidos por trabajos efectivamente realizados en el extranjero, con el límite de 60.100 euros anuales 
  18. Indemnizaciones satisfechas por las Administraciones Públicas por daños personales 
  19. Prestaciones percibidas por entierro o sepelio 
  20. Ayudas económicas a las personas con hemofilia u otras coagulopatías congénitas que hayan desarrollado la hepatitis C 
  21. Instrumentos de cobertura por riesgo de incremento del tipo de interés variable de los préstamos hipotecarios destinados a la adquisición de la vivienda habitual 
  22. Indemnizaciones del Estado y de las Comunidades Autónomas para compensar la privación de libertad 
  23. Planes individuales de ahorro sistemático 
  24. Rendimientos del trabajo derivados de las prestaciones obtenidas en forma de renta por las personas con discapacidad correspondientes a las aportaciones a los sistemas de previsión social y aportaciones a patrimonios protegidos 
  25. Prestaciones económicas públicas vinculadas al servicio, para cuidados en el entorno familiar y de asistencia personalizada 
  26. Ingreso mínimo vital, renta mínima de inserción y ayudas víctimas de delitos violentos y de violencia de género 
  27. Prestaciones y ayudas familiares percibidas de cualquiera de las Administraciones públicas, ya sean vinculadas a nacimiento, adopción, acogimiento o cuidado de hijos menores.